Siulilba Balza

Este blog contendrá todos los resúmenes, así como cualquier artículo que beneficie a los etudiantes del curso intensivo de Legislación Fiscal Venezolana.

Tuesday, August 22, 2006

Los Agentes de Retención

Son personas que por sus funciones públicas o por razón de su actividad, oficio o profesión, intervienen en acciones de retención o percepción del tributo correspondiente a dependientes de terceros.

El SENIAT ha designado como agentes de retención a dos grupos de personas, a saber:

  • Los contribuyentes calificados como especiales. Este grupo está conformado por aquellos sujetos que han sidodo expresamente calificados y notificados por el Servicio como tales, atendiendo al nivel de ingresos brutos anuales, según la Gerencia de Tributos Internos de la Región de su jurisdicción. Estos sujetos pueden ser o no entes públicos, empresas privadas, personas naturales o jurídicas; y, puede que sean o no contribuyentes ordinarios del Impuesto al Valor Agregado, lo cual dependerá no de su calificación como contribuyente especial, sino del hecho de que estén o no sujetos al Impuesto y que realicen o no los hechos imponibles establecidos en la Ley.
  • Entes Públicos Nacionales. Este grupo está conformado principalmente por:
    La República
    El Banco Central de Venezuela
    La Iglesia Católica
    Los Institutos Autónomos creados por el Poder Nacional
    Las Fundaciones, Asociaciones y Sociedades Civiles, creadas por la República
    Las Fundaciones, Asociaciones y Sociedades Civiles en las cuales la República tenga participación en los términos establecidos en la Ley Orgánica de la Administración Pública
    Las Fundaciones, Asociaciones y Sociedades Civiles en las cuales los entes descentralizados funcionalmente de la República tengan participación en los términos establecidos en la Ley Orgánica de la Administración Pública
    Las Universidades Nacionales, Colegios Profesionales y Academias
    Los Parlamentos Andino y Latinoamericano.

NOTAS IMPORTANTES

  • La designación de los Agentes de Retención, así como su exclusión, será notificada de acuerdo a lo dispuesto por el art. 104 del Código Tributario.
  • Los sujetos designados como Agentes de Retención retendrán por los pagos a partir de la fecha en que deban operar como tales.
  • Los sujetos excluidos como Agentes de Retención dejarán de retener por los pagos realizados a partir de la fecha en que opere su exclusión.
  • Cuando las Unidades Ejecutoras del Sector Público que tengan la calidad de Agentes de Retención se extingan y se produzca su baja del RUC, las Unidades Ejecutoras que asuman sus activos y/o pasivos y que sean nombradas Agentes de Retención deberán efectuar las retenciones que correspondan por las operaciones pendientes de pago que hubieran realizado las primeras.

En Venezuela los contribuyentes incluidos a partir del 1º de Agosto de 2006 son 65, alguno de ellos :

  1. RUC 20100001811 CONSORCIO UNIPETRO S.A.C.
  2. RUC 20100084768 PIEZAS Y EMPAQ PARA VEHIC Y MOT IND S A
  3. RUC 20100093082 SEGRES SYSTEC S.A.
  4. RUC 20100131278 MAVILA HNOS S A
  5. RUC 20100163986 CIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S A

Contribuyentes excluidos a partir del 1º de Agosto de 2006 son 59, alguno de ellos

  1. RUC 0078086250 MERINO TAPIA MIGUEL AGUSTIN
  2. RUC 20100021251 MAN FERROSTAAL SAC
  3. RUC 20100031648 CONTIX S A
  4. RUC 20100063337 EMP MUNIC ADM DE PEAJE DE LIMA
  5. RUC 20100064490 DISPERCOL S A

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